Los derechos de las personas con discapacidad, nacen con las disposiciones que protegen los derechos humanos, surgen como garantías universales: pertenecen a todo individuo desde el primer momento de su vida, independientemente de sus condiciones y calidades singulares.
La discapacidad, es una condición que debe ser analizada desde varios aspectos, los más importantes, desde el punto de vista de la salud, social, económico, sicológico, y los más desconocidos el político y jurídico.
Trataremos al aspecto legal. Es decir, la importancia de conocer las garantías consagradas en las leyes internacionales y mexicanas como herramienta para la obtención de nuestros fines.
Conocer nuestros derechos es importante para que la sociedad los respete y para desarrollar mejor nuestro potencial. Actualmente, la ley otorga los derechos necesarios para que a las personas con discapacidad no se les margine, excluya o discrimine, y se les trate con respeto y dignidad.
En todo el mundo y en México existe una amplia legislación que compromete a los gobiernos y a la sociedad en general al cumplimiento y aplicación de la normatividad, enfocada a la integración social de grupos en situación de vulnerabilidad. El objetivo principal es promover su inclusión social sin discriminación y con igualdad, con la obligación de impulsar el desarrollo humano de estos grupos. Una de las principales leyes en nuestro país es la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, y en materia Internacional, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, entre otros.
Un diez por ciento de los habitantes del planeta afectados por una o más discapacidades y que en nuestro país (México) alcanza el cinco punto cinco por ciento de personas, según datos del Instituto Nacional de Estadística Geográfica e Informática.
Además de estas estadísticas debemos considerar que detrás de cada persona con discapacidad hay un entorno familiar constituido por padre, madre, cónyuge e hijos que deben convivir a diario con diversas situaciones en las que deriva el tema de la discapacidad, convirtiéndose, también en afectados, aun cuando sea en forma indirecta.
Estamos convencidos de que no existe causa más discriminatoria, por decirlo de alguna manera, que llegar a formar parte de un grupo minoritario dentro de un conglomerado humano, es decir, cualquier causa de discapacidad puede sobrevenir en cualquier momento y ninguna persona está exenta de ello. En tal sentido, la discapacidad cruza en todas direcciones nuestra sociedad, sin distinción de sexo, raza, edad, religión, posición socio-económica, nivel de escolaridad, detentación de poder, ni cualquier otra diferenciación que hagamos de los individuos.
La esperanza de las personas con discapacidad en torno a un proceso real de integración social radica en gran medida en su cambio de mentalidad, el orden a crear y reforzar un espíritu optimista frente a lo que pueden aportar a la sociedad en que viven, desarrollando cada uno sus propios potencialidades y enfrentando los desafíos de la vida como la haría cualquier otro actor social.
Las personas con discapacidad tienen como tarea prioritaria el reforzamiento interior de su autoestima, planteándose a sí mismo como individuo facultado para cumplir su llamado a la felicidad, hacer felices a quienes les rodean, a ser útil a su entorno social y por ende a su nación, imponerse tareas, objetivos y metas.
Esto llevará necesariamente a proyectar una imagen novedosa de la persona discapacitada de autosuficiencia ante la sociedad y la autoridad. De allí los pasos serán más fáciles ante un orden social exigente frente al estudiante, al trabajador o ama de casa que viven la discapacidad y de cualquier otra persona en dicha condición, sea cual fuere el rol que desempeñe. En esta reflexión no me estoy refiriendo a un forzado y dificultoso activismo de personas discapacitadas por demostrar a la sociedad su valía, sino a un proceso enfocado y viviendo con naturalidad y fundado en su verdad, me refiero a la igualdad y dignidad que compartimos entre todos los seres humanos.
Partiendo del hecho que una persona con discapacidad tiene limitaciones en alguno de los instrumentos que incluye la tipología humana sean piernas, brazos, oídos, ojos, agudeza mental es hábil para desarrollar cualquier actividad compatible con sus condición. En tal circunstancia, con las adecuaciones funcionales que sean menester para que la persona sea autosuficiente para cumplir lo que se le ha encomendado, deben ser evaluadas y consideradas como cualquier otro individuo, esto es, en forma destacada, satisfactoria o insatisfactoria, responsable o irresponsable en su conducta. La disposición a aceptar estas condiciones, exentas del manejo de imágenes lastimeras, garantizan el recto camino hacia la verdadera integración social.
Se ha propuesto una teoría de los derechos humanos de las personas con discapacidad que sostiene como imperativo moral, que toda persona es merecedora de tener los medios necesarios para desarrollar su vida óptimamente. Se obliga a la sociedad a reconocer que todas las personas deben ser valoradas por su inherente valor como seres humanos, más que por la contribución a la sociedad de sus habilidades funcionales individuales.
Debido a que las personas con discapacidad necesitan el apoyo social apropiado en cuanto a eliminar los obstáculos del entorno, se debe centrar en las capacidades más que en las deficiencias. Así, se resaltan los siguientes derechos:
- Derecho a la igualdad: Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos.
- Derecho al libre desplazamiento: Eliminación y adecuaciones de las barreras físicas con el fin de tener acceso a las instalaciones de salud, educación, trabajo, cultura entre otras.
- Derecho al trabajo: Toda persona tiene derecho a un trabajo y sin discriminación, igualdad en el salario por la labor prestada.
- Derecho al desarrollo social: El Estado debe hacer adecuaciones a los lugares donde se lleven a cabo actividades recreativas y deportivas para que éstos sean accesibles.
- Derecho a la educación: Las instalaciones en los diferentes centros educativos deben comprender entornos integrados para un mejor desarrollo de las personas con discapacidad, así como la flexibilidad tanto de los horarios como de los maestros.
- Derecho a la salud: El estado debe facilitar la prestación médica en materia de prevención, atención y rehabilitación; considerando siempre que la discapacidad no es una enfermedad.
- Derecho a la rehabilitación: Se debe prestar este servicio a fin de que las personas con discapacidad alcancen y mantengan un nivel óptimo de autonomía y movilidad.
La vulnerabilidad de las personas con discapacidad es precisamente un indicador de inequidad y desigualdad social, que reclama respuestas de la estructura socioeconómica y política, y el único medio es conocer y hacer valer sus derechos.
Sea cual fuese la denominación que se dieron a los derechos de los seres humanos, es claro que tales conquistas tienen su raíz y su cimiento en realidades jurídicas anteriores y superiores al Estado y a las leyes vigentes.
En nuestros días ya no es concebible una democracia sin el reconocimiento eficaz y la garantía efectiva de los derechos básicos de todo ser humano. La autenticidad de un sistema democrático se determina hoy en función de los derechos humanos de la manera como ellos son objeto de tutela y de aplicación en las diversas situaciones del acontecer social, y de la vida política de un pueblo.