Existe muchas veces una confusión entre la Credencial de Discapacidad y el Certificado de Discapacidad. A continuación te aclararemos que significa cada una:
Credencial de Discapacidad en México
La Credencial de Discapacidad sirve como identificación oficial con reconocimiento nacional. Además puedes obtener descuentos en algunos establecimientos y pago de servicios como predio, agua, tenencia, etc.
¿Quién puede solicitar el trámite? El interesado, padre, tutor
¿En qué casos debe presentarse? Cuando una persona tenga discapacidad permanente.
¿Qué efecto tendría no hacer este trámite? Las personas con discapacidad permanente no podrían tener una credencial que les permita obtener beneficios establecidos con diversas instituciones o empresas.
Documentos Requeridos:
- Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Constancia de Discapacidad Permanente (Expedida por un médico especialista)
- Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses).
Certificado de Discapacidad en México
El Certificado de Discapacidad, es el documento expedido por el IMSS, que hace constar la existencia de trabajadores con discapacidad en la empresa, con lo que aplican los beneficios fiscales establecidos en el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
La contratación de personas con discapacidad además de beneficios fiscales, ofrece al patrón la oportunidad de ser distinguido por diversas instancias gubernamentales y no gubernamentales. Les brinda la oportunidad a trabajadores con discapacidad de sustentarse mediante un trabajo digno y formal, además de demostrar que su productividad es igual o mejor a la del resto de la población.
Consideraciones para el trámite
- Recuerda que para hacer este trámite debes haber afiliado previamente a tu trabajador
- Para poder iniciar este proceso, el patrón, representante legal o el propio trabajador, deberá obtener previamente, la solicitud del Certificado de Discapacidad debidamente contestada; es importante recordar que antes de presentarse a los Servicios de Salud en el Trabajo, deberá cubrir ciertos requisitos y una vez cubiertos, deberá solicitar una cita en el Servicio de Salud en el Trabajo de la U.M.F. que le corresponde al trabajador por Unidad de Adscripción, en los horarios y días de servicio de los mismos
- Ley del Impuesto sobre la Renta- Artículo 186
“El patrón que contrate a personas que padezcan discapacidad motriz y que para superarla requieran usar permanentemente prótesis, muletas o sillas de ruedas; mental; auditiva o de lenguaje, en un ochenta por ciento o más de la capacidad normal o tratándose de invidentes, podrá deducir de sus ingresos, un monto equivalente al 100% del impuesto sobre la renta de estos trabajadores retenido y enterado conforme al Capítulo I del Título IV de esta Ley, siempre y cuando como patrón estés cumpliendo respecto de dichos trabajadores con la obligación contenida en el artículo 12 de la Ley del Seguro Social y además obtenga del Instituto Mexicano del Seguro Social el Certificado de Discapacidad del trabajador.” (…)
- El patrón podrá hacer deducciones del impuesto sobre la renta, en los términos y condiciones que establece el propio artículo 186 y la SHCP, cuando tenga contratadas a personas con discapacidad y haya obtenido del Instituto Mexicano del Seguro Social, el Certificado de Discapacidad de su(s) trabajador(es)
¿Quien puede iniciar el trámite?
Lo inicia el patrón o representante legal en la etapa inicial del trámite y posteriormente, si eres trabajador con discapacidad, necesitarás acudir a valoración.
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano | Original |
Constancia de Discapacidad. Permanente | Original y Copia |
Clave Única de Registro de Población (CURP) | Original y Copia |
Comprobante de domicilio vigente | Original y Copia |
Costos
El trámite es gratuito
Vigencia
La conclusión final será informada al trabajador al término de sus valoraciones por el médico de salud en el trabajo, de acuerdo al resultado de la evaluación. El oficio de certificado de discapacidad deberá ser recogido por el patrón o representante legal de la empresa en el servicio de Salud en el Trabajo de la unidad en la cual el trabajador realizó su valoración.